ANUNCIO Convocatoria del «IV Premio Provincial al municipio sostenible
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Publicado en el BOP nº115 17 Junio 2008
Aprobado por el Pleno de la Excma. Diputación Provincial
de Alicante, en sesión ordinaria de 5 de junio de 2008, la
Convocatoria del «IV Premio Provincial al municipio sostenible
», para trabajos relativos al desarrollo sostenible local,
realizados por Ayuntamientos de la provincia de Alicante
integrados en la Red Provincial Agenda 21", a continuación
se publican las Bases por las que rigen a efectos de lo
dispuesto en el artículo 70 de la Ley de Bases de Régimen
Local:
Bases convocatoria
IV Premio Provincial al Municipio Sostenible
Diputación Provincial de Alicante
Primera: objeto y dotación.
1. Se convoca el «IV Premio provincial al municipio
sostenible» para galardonar aquellos trabajos realizados en
el ejercicio del 2007 por los Entes locales, que hayan servido
a la implementación del desarrollo sostenible en su ámbito
territorial y dentro de la provincia de Alicante.
2. Comprende los siguientes premios:
Primer premio: acciones medioambientales en la Red
Provincial consistentes en Diagnósticos ambientales, Acciones
de educación ambiental, Edición de folletos, trípticos,
Jornadas y Conferencias, u otro material no inventariable,
ello por un valor de 12.000 euros, a realizar por la Excma
Diputación Provincial, para el Ente Local premiado. Placa,
Diploma y Bandera.
Segundo premio: acciones medioambientales en la
Red Provincial consistentes en Diagnósticos Ambientales,
Acciones de educación ambiental, Edición de folletos,
trípticos, Jornadas y Conferencias, u otro material no
inventariable, por un valor de 6.000 euros, a realizar por la
Excma Diputación Provincial, para el Ente Local premiado.
Placa y Diploma.
Tercer premio: acciones medioambientales en la Red
Provincial Diagnósticos Ambientales, Acciones de educación
ambiental, Edición de folletos, trípticos, Jornadas y
Conferencias, u otro material no inventariable, por un valor
de 3.000 euros, a realizar por la Excma Diputación Provincial,
para el Ente Local premiado. Placa y Diploma.
Segunda: participantes.
Podrán participar los Ayuntamientos de la provincia de
Alicante integrados en la Alicante Natura Red Provincial
Agenda 21, que hayan desarrollado iniciativas en el año
2007 en el ámbito del Desarrollo sostenible.
Tercera: documentación, lugar y plazo de presentación.
1. La solicitud, siempre por escrito y ajustada al Modelo
que como Anexo se adjunta a la convocatoria publicada en
el Boletín Oficial de la Provincia, y con la indicación «IV
Premio Provincial al Municipio Sostenible» dirigida al Ilmo.
señor Presidente de la Excma. Diputación Provincial de
Alicante, se presentará en el Registro General de la Diputación,
sito en la calle Tucumán número 8, 03005 de Alicante,
o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4
de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo
Común.
2. Junto con la solicitud se presentará la siguiente
documentación, en formato papel y en soporte digital (formato
Word):
Memoria de las actuaciones realizadas, que no sobrepasará
un máximo de 30 páginas, con descripción
detallada de:
- Diagnóstico de la situación de partida.
- Objetivos de la actuación.
- Metodología empleada.
- Descripción de los resultados alcanzados.
- Evaluación de los resultados y conclusiones.
- Grado de participación pública.
- Grado de integración de los aspectos ambientales,
sociales y económicos.
3. La solicitud junto a la documentación detallada en el
apartado anterior habrá de presentarse en un plazo máximo
de tres meses contados a partir del siguiente al de la
publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la
Provincia.
Cuarta: valoración.
1. Las actuaciones llevadas a cabo se valorarán en
función de los siguientes criterios generales:
a) Que la actuación suponga un compromiso social,
económico o ambiental superior a lo exigido por la legislación
aplicable.
b) Que la actuación pueda conllevar un impacto positivo
evaluable.
c) Que la actuación pueda servir de ejemplo de buena
práctica, exportándose a otros ámbitos.
d) Que la actuación cuente con participación activa del
tejido social.
En relación con cualquiera de los siguientes aspectos:
- Gestión ambiental.
- Gestión de Residuos.
- Gestión del Ciclo del Agua.
- Fomento de Energías Renovables y Eficiencia Energética.
- Movilidad y Contaminación Urbana.
- Ordenación del Territorio.
- Educación Ambiental.
- Participación Ciudadana.
Y, siempre teniendo en cuenta que no se valorarán los
documentos de diagnóstico elaborados para la
implementación de las Agendas 21.
2. Los miembros del jurado, a la vista de la memoria y
documentación presentadas, podrán comprobar la veracidad
de los trabajos realizados, personándose en el lugar
donde se hayan realizado.
Quinta: composición del Jurado.
1. Se constituirá un Jurado, presidido por el Ilmo. señor
Presidente de la Corporación Provincial o Diputado en quien
delegue y formado por cuatro vocales con conocimientos en
el ámbito del desarrollo sostenible local.
2. Los miembros del Jurado serán designados por el
Ilmo. señor Presidente de la Diputación de Alicante a propuesta
del Diputado del Área de Medio Ambiente.
3. Actuará como Secretario del Jurado uno de los
vocales designado al efecto por el propio jurado.
4. Cualquier duda de interpretación de la presente
convocatoria será resuelta por el Jurado.
5. Todos los componentes del Jurado tendrán derecho
a voto.
6. Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple de
votos de los miembros del Jurado; si se produce empate
decide el Presidente.
7. El fallo del Jurado será inapelable.
8. El Jurado podrá declarar desierto el premio.
Sexta: resolución:
El fallo del Jurado se elevará al Ilmo. señor Presidente de
la Diputación de Alicante que emitirá resolución definitiva de
concesión de premios y accésits. El plazo máximo de resolución
será de cuatro meses contados desde la fecha de finalización
del plazo de trabajos que se fija en las presentes bases. Dicha
Resolución se notificará a todos los concursantes.
Séptima: efectos del premio.
1. Los Entes Locales que hayan obtenido el « IV Premio
Provincial al Municipio Sostenible» podrán mencionar este
mérito en su material impreso y en sus instalaciones por un
período de dos años.
2. La entrega de los premios se hará en un acto público
convocado al efecto.
Octava: publicación y retirada de trabajos.
Los trabajos presentados que no resulten premiados
podrán ser retirados del Área de Medio Ambiente, durante los
dos meses posteriores a la publicación de la resolución,
siendo destruidos los que no sean retirados.
Novena: aceptación bases:
La presentación de trabajos a estos premios implica la
aceptación por los concursantes de estas bases y de cuantas
decisiones adopte el Jurado para interpretar o aplicar las
mismas.
Anexo
Solicitud de Participación en el IV Premio Provincial al
Municipio Sostenible
boletín oficial de la provincia - alicante, 17 junio 2008 - n.º 115 35 butlletí oficial de la província - alacant, 17 juny 2008 - n.º 115
DATOS DE LA ENTIDAD Y DEL REPRESENTANTE LEGAL:
NOMBRE DE LA ENTIDAD:... C.I.F...
DIRECCIÓN:...
LOCALIDAD:... PROVINCIA:... C.P...
TELÉFONO:... FAX:... E-MAIL:...
NOMBRE Y APELLIDOS DEL REPRESENTANTE LEGAL:... D.N.I...
DATOS DE LA PERSONA DE CONTACTO:...
NOMBRE Y APELLIDOS:... D.N.I...
PUESTO:... DIRECCIÓN:
LOCALIDAD:... PROVINCIA:... C.P...
TELÉFONO: FAX:... E-MAIL:...
DATOS DE LA ACTUACIÓN:...
DENOMINACIÓN:...
PERÍODO DE EJECUCIÓN DE LA ACTIVIDAD:...
El solicitante declara ser ciertos los datos consignados
en la presente solicitud y en la documentación que la
acompaña.
…, a…, de… de…
(Firma y sello).
Ilmo. señor Presidente de la Excma. Diputación Provincial
de Alicante.
Alicante, 10 de junio de 2008.
El Presidente, José Joaquín Ripoll Serrano. La Secretaria
General, Amparo Koninckx Frasquet
ANUNCIO Convocatoria «Premio Fernando Albi»
PRIMERA.- La presente convocatoria de los “Premios Fernando Albi” comprende los siguientes:
-Un premio de 9.000€, al que podrán concurrir cualesquiera personas físicas españolas.
-Un premio de 9.000€, al que podrá concurrir cualquier persona física de las distintas nacionalidades iberoamericanas; y una ayuda para gastos de viaje de 900€.
SEGUNDA.- Los trabajos a presentar, que habrán de ser originales e inéditos, versarán sobre cualquier tema referente a la Administración Local. Deberán tener una extensión mínima de cien folios, y se presentarán por duplicado, escritos a doble espacio, en lengua castellana, por una sola cara, ó en soporte informático (Adobe Acrobat).
Los autores Iberoamericanos referirán su trabajo a la Administración Local de su respectivo país.
TERCERA.- Los trabajos, que no deberán ser firmados ni llevar inscripción o señal alguna, se presentarán con un lema o título.
En sobre aparte y cerrado se constatará en el exterior dicho lema o título, con alguna de las siguientes expresiones, según proceda: PREMIO FERNANDO ALBI - DIPUTACIÓN DE ALICANTE O PREMIO FERNANDO ALBI - DIPUTACIÓN DE ALICANTE EXTENSIÓN IBEROAMERICANA. En el interior del sobre se incluirá debidamente cumplimentado el Anexo I de esta convocatoria.
CUARTA.- El plazo de presentación de trabajos termina el día 15 de septiembre del año en curso, y deberán ser remitidos a la Diputación Provincial de Alicante, Departamento de Servicios Jurídicos. Avda. de la Estación 6. CP 03005 Alicante. Se considerarán incluidos dentro del plazo expresado los trabajos remitidos por correo que ostenten el matasellos de origen con la fecha indicada o anterior.
Se dará a la convocatoria la mayor difusión posible, tanto a nivel nacional como en los países Iberoamericanos, a cuyas Embajadas en España se les hará llegar toda la información necesaria.
La Diputación Provincial de Alicante facilitara información sobre la convocatoria en su propia sede, teléfono 965988965, por correo electrónico serviciosjuridicos@dip-alicante.es , y en su portal institucional www.ladipu.com donde se publicaran las Bases que regulan los Premios, así como el fallo del Jurado.
QUINTA.- El Jurado que habrá de discernir sobre el otorgamiento de los premios será único y lo presidirá, salvo delegación, el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial, quien nombrará hasta un máximo de ocho vocales, de entre ellos uno será miembro de la Corporación, entre personas de reconocido prestigio en el ámbito del Derecho publico.
El Jurado se constituirá validamente con la asistencia del Sr. Presidente y tres vocales, uno de los cuales actuará de secretario.
La resolución del jurado será inapelable, pudiendo declarar desiertos los premios, que no se acumularán en tal caso a futuras convocatorias.
SEXTA.- Todas aquellas personas que intervengan o participen en el proceso de concesión de los Premios guardaran confidencialidad respecto de los resultados y valoraciones emitidas sobre los trabajos presentados.
SEPTIMA.- El Jurado elevará sus resoluciones a la Presidencia de la Excma. Diputación Provincial con antelación suficiente para que los premios puedan ser entregados en acto publico en el mes de diciembre, acto de entrega de los premios al que deberán asistir los premiados, salvo caso de fuerza mayor, en la fecha y lugar fijados al efecto.
OCTAVA.-
1º.- Los candidatos se comprometen en la propia presentación de su trabajo, adjuntando el modelo Anexo I de estas Bases, a la aceptación plena de las mismas, y de cuantas decisiones adopte el Jurado para interpretar o aplicar las mismas.
2º.- La Diputación Provincial de Alicante se reserva el derecho a publicar y divulgar, sin ánimo de lucro, y por un periodo de tiempo no superior a 6 meses, aquellos trabajos que se estimen merecedores de ello, decisión esta de publicar y divulgar, que será adoptada por el Jurado con ocasión del otorgamiento de los Premios.
NOVENA.- Los trabajos presentados y no premiados podrán ser retirados por sus autores o personas debidamente autorizadas, en el plazo de dos meses a contar de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de la concesión de los Premios, a la finalización de dicho plazo los trabajos serán destruidos con el fin de proteger los derechos de propiedad intelectual sobre los mismos.
DECIMA.- La presentación de trabajos a estos Premios implica la aceptación por los concursantes, de estas bases y de cuantas decisiones adopte el Jurado para interpretar o aplicar las mismas.